Iniciativa Cielo Oscuro
Preservar los cielos oscuros de Big Bear, la observación de las estrellas y la fotografía del cielo nocturno
Big Bear Lake goza de una cualidad única cuando se pone el sol: un entorno óptimo para observar las estrellas y fotografía del cielo nocturno¡! A 2.000 metros de altitud y lejos de las brillantes luces metropolitanas, Big Bear ofrece vistas nocturnas de constelaciones, planetas e incluso la Vía Láctea. Pero al igual que nuestro entorno natural, es tan saludable como nosotros lo mantengamos, y los cielos nocturnos de Big Bear están amenazados por la iluminación artificial de la urbanización, también conocida como contaminación lumínica.
Estamos perdiendo de vista una estrella por noche debido a la contaminación lumínica. Vatch Arouchian, Sociedad Astronómica de Big Bear Valley
Una estadística...
En Norteamérica, la luminosidad del cielo nocturno aumenta un 10,4% cada año.
Un plan de acción...
Care For Big Bear encabeza los esfuerzos para promover la Iniciativa Cielo Oscuro. La Iniciativa invita a los residentes, empresas y visitantes de la comunidad a apoyar prácticas que preserven la oscuridad de nuestro cielo nocturno y protejan la vida salvaje, las empresas y el turismo que se ven afectados por su estado.
Al ser un destino del sur de California, Big Bear está rodeado de ciudades en constante expansión, y nuestro valle sufre cada vez más la contaminación lumínica que inhibe nuestra capacidad de ver y disfrutar del cielo nocturno. Brady Enger, Fotografía Bending Energy
La Iniciativa Cielo Oscuro es un movimiento que abarca todo el valle y Care For Big Bear invita a los miembros de nuestra comunidad de Big Bear City, Sugarloaf, Baldwin Lake, Erwin Lake, Lake Williams y Fawnskin a unirse a nosotros.
Política actual en materia de alumbrado
Lea las políticas actuales relativas a la iluminación exterior en la Ciudad y dentro del valle no incorporado.
Se necesita un pueblo... ¡así que únete a nosotros!
Las políticas son una cosa, pero lo que realmente impulsa los objetivos y las iniciativas de todo el valle es el apoyo de los miembros de la comunidad. ¿Estás listo para ayudar a que el valle de Big Bear se vuelva oscuro?
5 maneras de ser experto en el cielo nocturno
- Apagar las luces que no se utilicen, es decir, la iluminación exterior y paisajística.
- Diseñar la iluminación exterior para que apunte hacia el suelo
- Cambie la iluminación exterior por opciones de iluminación con sensores de movimiento o temporizadores.
- Utilice bombillas de bajo consumo (40 vatios) para el porche y otras luces exteriores.
- Comparte tu pasión por las oportunidades de observación de estrellas e invita a otros a unirse a la Iniciativa Cielo Oscuro.
Comprométete con el Cielo Oscuro
Añade tu nombre al Compromiso Dark Sky y cuéntanos cómo afecta la contaminación lumínica a tu experiencia nocturna aquí, en Big Bear.
Políticas actuales de iluminación - Big Bear Lake
Código Municipal - Ciudad de Big Bear Lake
17.25.080 - Normas de diseño de emplazamientos residenciales
Sección E - Iluminación
- A efectos de establecer los requisitos de iluminación, se aplicarán los siguientes términos: Por "punto de corte" se entenderá el punto en el que todos los rayos luminosos directos de la bombilla quedan completamente ocultos a la vista. Por "footcandles" se entenderá la medición del nivel de iluminación en la línea de propiedad a nivel del suelo, medida con un medidor de luz portátil de lectura directa. La medición se realizará al anochecer, primero con las luces encendidas y después con las luces apagadas. La diferencia entre las dos lecturas deberá cumplir con la norma de iluminación máxima permitida en footcandles. "Luminaria": aparato de alumbrado que contiene la fuente luminosa o la bombilla. Por "altura de la luminaria" se entiende la distancia desde el nivel del suelo hasta el punto más alto de la luminaria (incluida la base y el pedestal).
- Dentro de las zonas residenciales, todas las luminarias deberán estar diseñadas para tener un corte de menos de noventa (90) grados, como se muestra en la siguiente ilustración:
- La altura máxima permitida de las luminarias será de quince (15) pies.
- La iluminación mínima permitida en zonas de aparcamiento y zonas de paso en proyectos residenciales de cuatro o más viviendas será de 0,25 candelas-pie.
- La iluminación máxima permitida en todos los proyectos residenciales, independientemente de su tamaño, será de 0,5 footcandles.
- Las luminarias incandescentes decorativas de cuarenta (40) vatios o menos están permitidas en los distritos residenciales sin aprobación.
- Toda iluminación de seguridad utilizada en zonas residenciales, incluidos los usos residenciales unifamiliares, se colocará de forma que la bombilla o la fuente de luz no sea visible fuera del lugar, la luz se dirija hacia abajo y el nivel de iluminación en el límite de la propiedad no supere 0,25 footcandles.
17.35.080 - Normas de diseño para zonas comerciales y públicas
Sección E - Iluminación
- A efectos de establecer los requisitos de iluminación, se aplicarán los siguientes términos: Por "punto de corte" se entenderá el punto en el que todos los rayos luminosos directos de la bombilla quedan completamente ocultos a la vista. Por "footcandles" se entenderá la medición del nivel de iluminación en la línea de propiedad a nivel del suelo, medida con un medidor de luz portátil de lectura directa. La medición se realizará al anochecer, primero con las luces encendidas y después con las luces apagadas. La diferencia entre las dos lecturas deberá cumplir con la norma de iluminación máxima permitida en footcandles. "Luminaria": aparato de alumbrado que contiene la fuente luminosa o la bombilla. Por "altura de la luminaria" se entiende la distancia desde el nivel del suelo hasta el punto más alto de la luminaria (incluida la base y el pedestal).
- Dentro de las zonas comerciales, todas las luminarias deberán estar diseñadas para tener un corte de noventa (90) grados o menos, como se muestra en la siguiente ilustración:
- La altura máxima permitida de las luminarias será de veinte (20) pies dentro de los aparcamientos y de dieciséis (16) pies en otras partes del emplazamiento de la urbanización.
- La iluminación mínima permitida dentro de las zonas de aparcamiento y los pasillos será de 0,25 candelas-pie para usos de baja intensidad y de 1,0 candela-pie para usos de alta intensidad.
- La iluminación máxima permitida en el emplazamiento será de 3,0 footcandles para usos de baja intensidad y de 5,0 footcandles para usos de alta intensidad, excepto si el emplazamiento linda con terrenos de uso residencial o designados, en cuyo caso la iluminación máxima adyacente a estas zonas será de 1,0.
- Las lámparas incandescentes decorativas de cuarenta (40) vatios o menos están permitidas sin aprobación.
- Los aparatos de alumbrado y las luminarias deberán tener un diseño decorativo acorde con el tema de diseño del lugar. Los colores serán verde oscuro, gris, marrón o cualquier otro tono terroso que armonice con el entorno forestal.
- La iluminación no se utilizará con fines publicitarios. Se prohíbe el uso de reflectores para atraer la atención.
- No se permitirá que las luces parpadeen, destellen, cambien de intensidad o color, o den la ilusión de movimiento.
- Cuando se utilicen luces montadas en el exterior para iluminar carteles o elementos arquitectónicos, las luces deberán estar bien enfocadas y dirigidas para minimizar la dispersión de la luz. Se recomienda la retroiluminación.
- La iluminación exterior se reducirá en la medida de lo posible durante las horas en que el negocio no esté en funcionamiento, para preservar las vistas del cielo nocturno.
- El alumbrado de seguridad deberá estar orientado hacia abajo, de forma que la fuente de luz (bombilla) no sea visible desde el exterior, la luz esté orientada hacia abajo y el nivel de iluminación en el límite de la propiedad no supere 1,0 footcandle, excluida la servidumbre de paso de la vía pública.
- La iluminación ascendente utilizada para iluminar las banderas deberá estar bien enfocada y dirigida para minimizar la dispersión de la luz.
Políticas actuales de iluminación - Condado de San Bernardino
La Ordenanza sobre intrusión lumínica fue aprobada el 7 de diciembre de 2021 por la Junta de Supervisores. Las normas sobre iluminación exterior se aplican por regiones, centrándose en la prevención de la intrusión lumínica en propiedades vecinas y la protección de los cielos nocturnos oscuros en las regiones montañosas y desérticas.
Región montañosa y desértica:
En las regiones montañosas y desérticas se ha establecido una norma más estricta de 0,1 pies de candela para la invasión de la luz. Entre los requisitos adicionales para proteger los cielos nocturnos oscuros en las zonas montañosas y desérticas se incluyen un toque de queda para cielos oscuros y nuevas normas para el uso de cadenas de luces residenciales.
Plazo de cumplimiento: Cualquier modificación o sustitución de las instalaciones exteriores necesaria para cumplir la ordenanza tendrá un periodo de gracia de 18 meses para las propiedades comerciales e industriales y de 24 meses para todos los demás usos del suelo.
Toque de queda por cielo oscuro: a menos que la luz exterior se utilice para iluminar la entrada o las salidas o la estructura, las zonas de aparcamiento o las entradas de vehículos, o en un sensor de movimiento que se apaga tras cinco minutos de activación, todas las luces exteriores deben apagarse tan pronto como no haya personas presentes en las zonas exteriores.